1. El periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales.
2. El periodo o periodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones. En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción social fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente.
3. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute.
Cuando el periodo de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el periodo de suspensión del contrato de trabajo previsto en los apartados 4, 5 y 7 del artículo 48, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al finalizar el periodo de suspensión, aunque haya terminado el año natural a que correspondan.
En el supuesto de que el periodo de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.
El ET está por encima del contrato, de cualquier acuerdo colectivo aplicable a la empresa y de cualquier norma interna de la misma, por el principio de jerarquía normativa. Por tanto, serían nulas cualesquiera normas de rango inferior que empeoraran, limitaran o anularan de cualquier forma lo dispuesto en este artículo 38, pero sí que serían válidas las normas particulares que lo mejoraran. Por ejemplo, aunque en la empresa se les haya "olvidado" decírtelo, es muy habitual que los convenios aumenten el nº de días de vacaciones, que los establezca en días laborables o que se reserven dos semanas en verano.
¿Se puede demandar a la empresa por temas de vacaciones?
Por supuesto que sí, igual que por cualquier otro tema laboral y sin obligación de contratar abogado. La editorial Lulu pone a tu disposición el libro PDF "Demanda de vacaciones" que explica los paasos del proceso, la forma y contenido de la demanda y de los documentos a presentar, las pruebas que podrían ser útiles o necesarias y el transcurso del acto del juicio. Incluye varios formularios o modelos generales de demanda judicial y solicitud de ejecución y ejemplos de posibles casos.
¿Cuántos días tienes de vacaciones?
En aplicación del artículo 38, "en ningún caso" las vacaciones serán menos de 30 días naturales al año y puede que sean más si así lo dijera en las normas particulares aplicables a tu caso. A no ser que el convenio diga lo contrario, las vacaciones se pueden fraccionar en varios periodos pero tienes derecho a que al menos uno de los periodos de vacaciones sea de al menos 2 semanas ininterrumpidas. Además también tienes derecho a que el menos dos semanas de las vacaciones sean seguidas.
Por supuesto, tienes los mismos días de vacaciones aunque tu contrato sea a jornada parcial y/o tengas reducción voluntaria de jornada y/o reducción de jornada por ERTE. Por ejemplo, si tienes un contrato por el que trabajas a mitad de jornada, no tienes la mitad de vacaciones que un trabajador de jornada completa, sino las mismas. Lo que pasa es que lógicamente también cobrarás en vacaciones menos que el trabajador de jornada completa. Lo mismo sucede con los festivos, días libres semanales y días de libre disposición. Por cierto, que las horas que trabajes en festivo o día de descanso te las tienen que pagar con un plus del 75% en algunas ocasiones.
¿Puede la empresa obligarte a cobrar las vacaciones en vez de disfrutarlas?
No, porque el artículo 38 dice que no son compensables económicamente. Incluso aunque firmaras un documento por el cual aceptaras dicho pago de las vacaciones, sería nulo porque el artículo 3 del ET dice que los derechos de los trabajadores son irrenunciables y en este caso el 38 hace una prohibición expresa del pago. Sólo hay dos excepciones posibles:
- Que hubiera finalizado la relación laboral por cualquier razón teniendo días de vacaciones pendientes de disfrutar. En este caso obviamente te las tienen que pagar aparte en el finiquito y cotizarlas a la SS.
- Que tengas un contrato por ETT de hasta un año de duración (ojo con esto). En ese caso te pueden pagar las vacaciones poco a poco prorrateadas en nómina, pero no pueden impedirte disfrutar de las mismas antes de que finalice el contrato. Además muchísimos contratos por ETT son contratos temporales en fraude de ley, en cuyo caso no solo no podrían hacer dicho pago prorrateado sino que además la finalización de contrato sería despido al menos improcedente.
Puedes solicitar privadamente el servicio profesional de consultas laborales para calcular tu finiquito completo. No solo el importe de las vacaciones pendientes sino también el de los demás importantes que fueran obligatorios, aunque a tu empresa se les hubieran "olvidado": como indemnización, parte proporcional de pagas extras pendientes, otras deudas, etc.
¿Te pueden imponer las fechas de vacaciones?
Las fechas de vacaciones hay que asignarlas según diga el convenio, porque así lo dice el artículo 38 del ET. Si en tu convenio no dice nada de la forma de asignación, entonces el propio 38 dice que serán en fechas "de común acuerdo" y que tienes derecho a conocerlas con dos meses de antelación. Por tanto nunca podrá la empresa imponerte una fecha de vacaciones que contradiga lo dispuesto en el convenio y menos aún con menos de dos meses de antelación. En aplicación de todo ello:
- No es cierta la "leyenda urbana" de que el trabajador pueda escoger la fecha de la mitad de las vacaciones y la empresa pueda imponerle la de la otra mitad; a no ser que así lo dijera en el convenio. En Laboro se han visto muchísimos convenios y nunca se ha visto uno que diga algo semejante, pero dicen que los gnomos existen en el jardín de tu jefe.
- Tampoco pueden obligarte a disfrutar de las vacaciones pendientes contra tu voluntad y con menos de 2m de antelación en caso de finalización de la relación laboral. En ese caso tendrían que pagarlas en el finiquito y cotizarlas aparte a la SS.
¿Te pueden descontar días de vacaciones?
El artículo 58.3 del ET dice: "No se podrán imponer sanciones que consistan en la reducción de la duración de las vacaciones u otra minoración de los derechos al descanso del trabajador o multa de haber." Más claro el agua. En caso que hubieras faltado de forma injustificada o justificada pero que no fuera permiso retribuido, lo que procedería sería recuperar el tiempo perdido (ojo con los límites de la jornada anual, que se "olvidan" en muchas empresas) o el descuento en nómina de dicho tiempo perdido. O incluso la sanción en días de empleo y sueldo, en los que no se cobra, pero tampoco se trabaja y son aparte de las vacaciones. Es decir que la empresa no puede convertir unilateralmente un día de ausencia en un día de vacaciones y menos aún a posteriori.
¿Pierdes las vacaciones que coincidan con una baja?
Hace ya unos años que tanto el Tribunal Europeo como el Tribunal Supremo español confirmaron que las vacaciones que coincidan con una baja nunca se pierden. Sea cual sea el tipo de baja. Se haya iniciado la baja antes que las vacaciones o durante las vacaciones. Incluso aunque la baja se haya prorrogado hasta el año siguiente. Los empresarios y asesores que aún lo nieguen demuestran al menos su incompetencia.
¿Pierdes las vacaciones que no disfrutaste en años anteriores por culpa de la empresa?
Según doctrina de la justicia europea no se pierden los días de vacaciones de años anteriores no disfrutados por culpa de la empresa. Mientras dure la relación laboral podrás reclamar su disfrute y cuando finalizara la relación podrías reclamar su pago.
En Laboro puedes informarte también sobre cuánto tienen que pagarte en vacaciones y sobre otros temas laborales de vacaciones y/o de otro tipo.
Hola
ResponderEliminarTrabajo juto a mi esposa en la misma empresa con distinto horario para compaginar el cuidado de un hijo menor enfermo cronico
Me pueden denegar el drisfute de vacaciones al mismo tiempo que mi esposa
Gracias
la buenas,¿ es normal que si libro todos los.martes del año y mis vacaciones empiecen un jueves la empresa me diga que el.martes de esa semana no puedo librar? El domingo de esa semana me dijeron que la semana de las vacaciones no podia librar aunque mi dia libre fuera antes de que comenzaran.
ResponderEliminarGracias de antemano.
Hola
ResponderEliminarEn mi caso,no llego a las horas trabajadas establecidas en el convenio,sigo un calendario puesto por la empresa,no es mi culpa no llegar a las horas.Al final de año me dicen que al no llegar a las horas , que no hay vacaciones, osea que las horas que se supone que debo a la empresa me las quitan de mis vacaciones.Es legal?
Cada mes trabajado son 2'5 días de vacaciones independientemente de las horas que trabajes?
Trabajo en un servicio de ambulancia en un pueblo de costa, por ser pueblo turístico la empresa dice que por necesidades de servicio no da vacaciones en verano o a lo sumo un trabajador a la vez.
ResponderEliminarNosotros somos ocho trabajadores todo el año, uno más que cubre vacaciones ( eventual) y tres más que contrata en verano para la segunda ambulancia que el ayuntamiento le exige poner en el municipio.
La pregunta es si existe alguna ley que autorice a la empresa a no dar vacaciones por necesidad del servicio, por ser verano en un pueblo costero
Si tengo planning de vacaciones desde hace más de 2 meses , me pueden decir con una semana de antelación que me las cambian , que no me puedo ir?
ResponderEliminarBuenas a todos! Me alegra encontrar rar una pagina que pueda resolver mi duda. Veran, mi contrato es de practicas a tiempo parcial 25h semanales siendo inferior a 40 horas semales. Me voy gustaria irme del trabajo porque es un horsrio muy duro... todos los fines de semana y festivos del año tengo que trabajar y para colmo de partido!😓 Mi idea es que como llevo este año trabajado ya 4 meses, me pertenecen 10 dias de vacaciones y no me los van a pagar, cogerlas y 5 dias antes presentar la baja voluntaria y asi terminar 10 dias antes. Se podria hacer? O los 15 dias de antelacion tienes que trabajarlos? Gracias
ResponderEliminarBuenas , el lunes prejubilan a un compañero y estamos dus compañeros y yo para su puesto , hoy he firmado dos días de flexibilidad negativa , para jueves y viernes , mi pregunta es , si fuera yo el afortunado esos días los sigo teniendo o me los finiquitarían, o Esque ya saben que yo no soy el afortunado?
ResponderEliminarHola. A finales de noviembre pasado curse baja voluntaria en la empresa wn la que estaba cansada de los incumplimientos reiterados del convenio colectivo. Comence a trabajar en otra empresa, pero esta visto que el saltarse el convenio es la practica habitual para todos. Y yo vuelvo a buscar trabaji en otro sitio con la eaperanza de que haya alguna empresa que quiera cumplir con la legalidad....
ResponderEliminarY que no te traten d hacer la vida imposible si se protesta o se menciona la palabra convenio
Mi empresa se rige por el convenio del metal donde consta que el periodo vacacional comprende desde junio a septiembre. Mi empresa los meses de julio y diciembre no concede vacaciones debido a que son los dos meses de mas venta de las tiendas. Este año solicito vacaciones 15 dias en agosto (como he hecho en los 4 años que llevo trabajando aqui)y la empresa me los niega justificando que que también agosto se ha convertido en un mes fuerte de ventas, cuando siempre se ha cubierto por otra compañera que una de sus funciones es cubrir las vacaciones de los demás. ¿Es legal?
ResponderEliminarHola yo empecé a currar el 8/10/16 en mi contrato pone q mis vacaciones por alo trabajado son siempre del 1 al 30 d agosto...sino me porratean los días q me correspondan en el mes de agosto...q tendría 2.5 días x mes trabajado? Unos 24 días n?
ResponderEliminarHola, mi contrato acaba día 31 de agosto de 2017. Yo quiero coger las vacaciones 15 días antes que termine lo contrato pq no quiero seguí en la empresa. Pero la empresa no quiere mi da las vacaciones. La empresa puede mi obligar a trabajar las vacaciones?
ResponderEliminarHola laboró! Mi pregunta es la siguiente.
ResponderEliminarSi mis vacaciones comienzan un martes y trabajo 6horas el lunes antes de irme la semana que vuelva al trabajo me corresponde un día libre esa semana?
Si en el cálculo de un finiquito sale que deben 12,3 días de vacaciones. ¿Se redondean a 13 días, para cobrarlas o para disfrutarlas? Porque si no fuera así, ¿se disfrutarían 12 días y unas horas del 13º?
ResponderEliminarMuchas gracias.
Hola buenas trabajo en Carrefour y trabajo por horas, a 30 h la semana y cobro todo incluido a 7.28€/la hora y soy fijo en la empresa con este nuevo contrato que empiezo a hartarme porque no tengo una nómina fija base. La cuestión es que me dan vacaciones en junio 21 días para ser exactos y pregunté cuánto cobraría ese mes ya que estoy por horas , me contestaron que solo los días que trabaje en junio que vienen a ser 7 días como mucho. Me están tomando el pelo en el trabajo? O este contrato es realmente así? Puedo hacer algo para volver al contrato anterior? Gracias. Un saludo atentamente David.
ResponderEliminarBuenas, si necesito un día dd vacaciones para papeleo, con qué antelación debo comunicar a empresa? Existen días para asuntos propios?
ResponderEliminarPedí las vacaciones cuando me llegó correo por parte dela empresa para pedirlas, exactamente el día 6 de febrero , yo las pedí en el mes de septiembre, hace una semana me llama la supervisora que las de septiembre están denegadas, que las tengo en julio a lo que no puedo hacer nada
ResponderEliminarLo consulto con recursos humanos de la empresaria a lo que me dicen que no lo sabían y que lo van a mirar
Poco después me llama la supervisora que haga el favor de no decir nada del tema vacaciones a recursos humano que en las vacaciones manada ella
Es verdad que no puedo hablar de ese tema con recursos humano?
Yo creo que en la empresa no saben que esta señora me las deniega porque la da la gana y me las da cuando quiere
Puedo hacer algo?
Estoy en mi derecho de hablar con recursos humanos?
Según me dice ella solo puedo consultar con recursos humanos sobre la nómina o bajas de lo demás nada de nada
Hola.
ResponderEliminarHe cogido 15 de mis 20 dias de vacaciones, se me presento un inconveniente y pedí unos días más antes de finalizar las vacaciones. Debido a eso me despidieron. Que opciones tengo, con respecto a liquidación, es legal el despido. Gracias.
Hola buenas mi pregunta seria la siguiente, mi pareja y yo trabajamos en la misma empresa,(sector hostelero), no estamos casados ni somos pareja de echo, podríamos coger las vacaciones en las mismas fechas, o por lo menos 15 días seguidos, tenemos hijos en común, que nada tiene que ver según he leido.
ResponderEliminarEn el caso de que se finalice el contrato y te quieran obligar a cogerte las vacaciones, ¿el empresario puede alegar que es que prima el disfrute frente al abono de las vacaciones?
ResponderEliminarBuenas tardes
ResponderEliminarmi empresa ha cambiado este año el criterio de vacaciones, pasando de cuatro semanas naturales a tres semanas naturales + 1 en dias laborales.
A los que ya habiamos hecho una una semana previa al cambio, nos han dicho que esa semana ya realizada se considera la de días laborales y por tanto solo nos quedan las 3 de días naturales
es esto legal? la retroactividad está permitida en estos casos?
Saludos
Hola,me ha surgido un problema en mi trabajo. Trabajo en un franquicia de supermercados y en enero me dijeron cuando queria yo coger las vacaciones de verano. Les dije que la primera quincena de juklio ya que coincide cuando mis 2 hijos vienen a pasar el mes conmig( estoy separado de la madre y vienen cada 15 dias y 1mes de verano) Hasta aqui todo correcto. Coincide en que me deben 5 dias por haber trabajado fuera de mi horario laboral y acordamos en que me las dieran pues los 5 dias antes de que empezara mi quincena de vacaciones asi tendria mas tiempo para disfrutar. Hasta aqui sigue todo bien. Resulta que hoy dia 11 de junio del 2018 faltando dos semanas para que empezara las vacaciones junto con los dias que me debian añadidos(por cierto se accedio a darmelas en esta fecha sin problemas ya que nadie las queria en esa fecha) me han dicho que planean quitarmelas y yo aparte de que ya tengo planes para poder disfrutar con mis hijos tambien coincide que tengo una reserva hecha de un alojamiento. Lo que quiero saber es hasta que punto es legal que ellos puedan hacer eso. El quitarme las vacaciones conmmenos de 3semanas que quedan para que yo pueda disfrutar de ellas y que encima afectan a planes que tenia hecho ya que estaba asegurado que me las darian en esa fecha. Por cierto todos los años que llevo en esa empresa me los dan en la misma fecha asi que no es algo nuevo para ellos. Gracias
ResponderEliminarBuenas noches: Agradecería que me aclaraseis una duda con los fijos discontinuos...el articulo 38 del ET dice que en NINGÚN CASO las vacaciones anuales serán inferiores a 30 días naturales...si pongamos que en convenio, para los fijos discontinuos, rige que tienen garantizado un periodo de actividad de 9 meses,y te mandan al paro 3...tienen derecho a esos 30 días, o solamente a la parte proporcional de lo que generan en el periodo de actividad? Gracias por estar ahí. Un abrazo!
ResponderEliminarMi pregunta es,cuantos días tienen q pasar desde que termino mis vacaciones hasta coger días por asuntos propios,y si la empresa esta obligada a dártelos o se puede negar gracis
ResponderEliminarMi pregunta es ,se puede negar mi empresa a darme días de asuntos propios en la fecha q yo quiero
ResponderEliminarHola buenas, en mi empresa lo que nos hacen es que en agosto nos hacen trabajar media jornada y la otra mitat nos cuenta como vacaciones ,es decir todo el mes nos cuentan 15 días de vacaciones y los otros 15 días te los puedes elegir tú en otros mese que no sea en agosto,¿es esto legal? Ya que el disfrute de vacaciones en agosto se puede decir que te los dan en horas.
ResponderEliminarHola buenas tardes querría hacer una consulta por que no se si lo que quiere hacer mi ett es legal. Entre en la empresa el 15 de marzo del 2018 y estoy seguro hasta el 31 de diciembre del 2018. En mayo me cogí 6 días laborales de vacaciones y cuando e ido a pedir las vacaciones para septiembre me dicen que solo dispongo de 1 día de vacaciones que lo que se genera del 1 de enero al 31 de julio es para todo el año y que lo que genere del 1 de agosto al 31 de diciembre no lo puedo disfrutar hasta el 2019. Encima para colmo hasta 31 de julio me quedaban 3 días de vacaciones y me quitan 2 alegando que los escoge la empresa y son el 25 de diciembre y 1 de enero.(cuando esos dias son encima festivos) ¿ es legal esto? ¿ que puedo hacer? Gracias.
ResponderEliminarEscribo este comentario con una sonrisa en la cara porque acabo de leer un comentario junto con la respuesta por vuestra parte, de febrero de 2015, acerca del mito que dice que 15 días de vacaciones los fija el empresario y los otros 15 el trabajador, y es que es realmente descojonante.
ResponderEliminarMe gustaría dejaros una teoría sobre el origen del mito que, quizás, os permita conciliar el sueño de una forma más plácida.
Pienso que la fuente de la confusión se encuentra en el art. 9.7 del RD 1620/2011, de 14 de noviembre, que regula la relación especial del servicio del hogar familiar. La parte que nos interesa dice así: "...En defecto de pacto, quince días podrán fijarse por el empleador, de acuerdo con las necesidades familiares y el resto se elegirá libremente por el empleado".
Esta previsión hecha para un tipo de relación de servicios en concreto, ha podido llegar a oídos del cuñao y de Manolo el del bar por un medio, con toda seguridad distinto al de su lectura directa, han cogido la brocha gorda -como para cualquier asunto que se jactan de conocer a la perfección- y la han considerado aplicable a cualquier relación de servicios.
Mito cazado. No hay de qué.
El trabajador tiene que avisar con antelación de cuando tiene que cogerse las vacaciones? Ya me ha quedado claro que las que fija la empresa es con dos meses de antelación pero y si es el caso contrario? Además si se coge un viernes de vacaciOnes contaría el sábado y el domingo? Un saludo
ResponderEliminarBuen dia, que hago si ya me notificaron la fecha de vacaciones pero no fueron pagadas antes de salir? O sea periodo de vacaciones para el 12 de noviembre entiendo me las tendrian que haber abonado con los haberes que percibi el 2 de noviembre, espero su respuesta gracias.
ResponderEliminarBuenas, tuve un contrato en practicas de 6 meses y entre unas cosas y otras no cogí los 15 dias de vacacionea que me correspondian, la empresa tampoco me dijo nada. Después volví a renovar otroa 6 meses a finales de Diciembre de 2018 y ahora quiero disfrutar o que me paguen las vacaciones no pagadas del año pasado. ¿Es posible esto?
ResponderEliminarEste comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderEliminarSegún interpreto el ET en su artículo 38 dice "...el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses...". Ese una vez finalice su incapacidad no se refiere a el día siguiente a la finalización de la baja? Ya que el hecho de no disfrutar las vacaciones ya ha finalizado? Entien que los 18 meses son meses de baja, no para que el trabajador se pida las vacaciones del año anterior donde le plazca, no?
ResponderEliminarPuede la empresa obligarme a notificar antes del 28 de febrero, las fechas exactas en las que querré disfrutar Del total de mis días del 2019?
ResponderEliminarGenial sus explicaciones¡ Mi pregunta se refiere a las vacaciones...tema delicado para los empresarios.
ResponderEliminarMi convenio en el art.41dice textualmente:
"El periodo de disfrute e fijará en un periodo de treinta días o en dos períodos de quince días, no pudiendo realizarse más fracciones, salvo acuerdo entre la empresa y el personal y contando con la aprobación de la representación unitaria o sindical.
El personal que fraccione las vacaciones en dos o más periodos, tan sólo tendrá prioridad de elección en uno de éstos periodos."
Pregunta: ¿puedo disfrutar mis 15 día en la fecha que yo elija? Y...Los otros 15 días que me los dé la empresa cuando constituya los correspondientes turnos de vacaciones...
buenos dias, mi pregunta es quiero cogerme el lunes 22 de abril de fiesta(despues de semana santa) y antes de San jorge¿cuantos dias me descuentan?¿lunes y martes? o ¿desde el jueves santo? Gracias
ResponderEliminarHola:
ResponderEliminarSi una empresa dice que sus trabajadores a tiempo parcial tienen que disfrutar el tiempo “proporcional” a las horas semanales que tienen por contrato, ¿entra en el procedimiento específico del juzgado de lo social para fechas de vacaciones o es un procedimiento ordinario con abogado y todo?
Hola, este año mi empresa obliga a tomar un día de vacaciones en dos medias jornadas y en días concretos ( 24/12 y 31/12). Quisiera saber si al estar de vacaciones estos dos días tienen obligación de contarme sólo un día de vacaciones o si pierdo dos días a pesar de que sólo trabajaría media jornada en caso de ir. La empresa me dice que si pido vacaciones son días completos, no teniendo en cuenta que entre esos dos días recuperamos un día de vacaciones (dos media jornadas) que nos faltaba por convenio. Muchas gracias
ResponderEliminarHola buenas, empecé día 14 de abril a trabajar y tenía contrato temporal hasta el 14 de julio. Me dieron 7 días de vacaciones antes de genéralas ya que llevo un mes y solo me pertenecerían 2,5 días. Y ahora he dado los 15 días para irme de la empresa. Mi pregunta es si la empresa puede quitarme días de vacaciones en salario por aún no haber generado esos días? Gracias
ResponderEliminarMe deben las vacaciones de año pasado trabaje 15 días y todavía no las he cobrado , lo peor no es eso lo peor que intento dialogar con la empresa y no me responde , me dice deja que te lo mire y así llevo 5 meses sin respuesta
ResponderEliminarHola llevo 4 años en una empresa y nunca me ah dado vacaciones y me hacen trabajar festivos y 12 horas , mi contrato es fijo indefinido ,40 horas ala semana , que tengo que hacer para cobrar mis vacaciones el procedimiento a seguir gracias necesito vuestra ayuda
ResponderEliminarBuenas tardes!!! En nuestro convenio especifica los periodos que tenemos para coger las vacaciones, del 1 de agosto al 30 de noviembre y del 15 de enero al 1 de marzo. Mis compañeras y yo queremos empezarlas el 1 de agosto, y la empresa nos dice que no por la ley de costa, porq nuestra tienda está en Cádiz capital. ¿Eso sería legal cuando el convenio nos puntualiza que podemos cogerlas a partir del 1 de agosto? Muchas gracias de antemano
ResponderEliminarHola buenas quería hacer una consulta yo tengo un contrato de un año por lo cual solo he cojido 15 días de vacaciones ya se me cumplió ese contrato la empresa ahora me hace uno indefinido sigo teniendo los 15 días que. Me quedan o los pierdo gracias.
ResponderEliminarNo me dan vacaciones,me las pagan cuando quieren para no meter a nadie,llevo 4 años así y no hay manera,además después de 10 años sigo con categoría de ayudante pero trabajo de encargada y doblo varios día,que puedo hacer?
ResponderEliminarHa probado a demandar legalmente el disfrute de vacaciones, el pago en negro de las no disfrutadas estos 10 años, o la categoría real desempeñada, en vez de llorarle de boquilla al encargado?
EliminarPuede parecer extraño, pero si llevas 10 años sin reclamar tus derechos, difícilmente un empresaurio o un encargao palillero van a venir a dártelos.
PD: Batman tiene el coche en el taller
Hola llevo un mes en la empresa, justo ahora cierra por vacaciones obligandome a hacerlas, tengo que devolver esas horas que no me tocan? Gracias
ResponderEliminarUn amigo lleva trabajando desde julio del año pasado y disfruto de sus vacaciones pero ahora le van ha despedir el 1 de septiembre nos gustaría saber cuántos días de vacaciones le corresponden teniendo en cuenta que la empresa les da 23 días laborables al año de vacaciones
ResponderEliminarHola buenas tardes en mi empresa me dice que me pagan las vacaciones y las trabajo y me dicen que por ley me las pagarán a final de año es eso posible? Soy fija...
ResponderEliminarCreo que pone algo en el primer párrafo. Algo así como «En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales». Lo que no sé es si la expresión «ningún caso» es aplicable a su empresa.
ResponderEliminarHola
ResponderEliminarNecesito saber si mi jefa me puede decir un viernes, que el lunes no vaya a trabajar xq me da la semana de vacaciones y justo,en esa semana, me coincide un puente por convenio. Me ha jorobado 7 días y 4 me correspondían por convenio. Gracias y saludos
En mi empresa nunca se han dado por escrito las vacaciones ,siempre se ha hecho de palabra y a mí me quedaban días le avisé a mi jefe con dos meses de antelación de que ibaa cogerla en unas fechas y no me contestó pero al preguntar si había visto el whapsap me dijo"si ya hablaremos"y no me volvió a decir nada así que di por supuestos que estaba de acuerdovy ahora la última semana despues de coger el viaje con vuelo y todo meete en el horario y no me da permiso puede hacerlo o puede sancionar me porque me he ido?
ResponderEliminarHola ami me dam 1 semana de vacaciones esa semana no me pertenece mi día libre?mi jefa dice que no por que me da vacaciones!!
ResponderEliminarHola , buenos dias ,quiero que me aconsejen que haser en mi caso ,mi jefe ban 3 veses desde verano, que me manda de vacasiones de un dia para otro , y claro de undia para otro y dela manera que me manda cabreado ,esta ultima ves ,fue ayer me llamo por telefono y me dijo ,te cojes 30 dias o mes imedio ,y as lo que se te de la gana, y yo ya abia ablado con el de que dia las podia escojer.bueno ayer e tenido que cojerlas ,pero no con mi consetimiento.aconsejenme porfavor
ResponderEliminarQuiero marcharme de la empresa en la que estoy ahora empiezo mis vacaciones de 15 dias,podria avisar en mi periodo de vacaciones que causare baja en la empresa.
ResponderEliminarTengo 21 días de vacaciones y no me quieren dar los 21 días de corrido, quieren q me tomé 15 días primero y 1 semana más adelante. Pueden?
ResponderEliminarHola.... yo tengo una duda. Yo cambié de trabajo por mejora de condiciones y por la demanda del trabajo no pude dar los 15 días. Los cuales se que me los tienen que descontar. Pero me tienen que pagar las vacaciones y no se como me las tienen que pagar porque primero tuve un contrato de media jornada y luego uno indefinido a jornada completa. Como me tendrían que pagar las vacaciones?
ResponderEliminarHola en mi empresa solo te dan una semana de vacaciones. Mi jefe dice q eso es lo q hay el q no le interese q se vaya
ResponderEliminarPues un aplauso para tu jefe por tenerlos cuadrados.
EliminarY otro aplauso para ti, y para tus compañeros por tener unas tragaderas adaptadas a los anteriores.
Leete el artículo y actúa en consecuencia. En caso contrario, a llorar a la lloreria.
Hola. Tengo un problema, le hago dos días libres al guarda, el patrón me pidió que le hiciera yo las vacaciones al compañero. Pero ahora que llego a cobrar me salen con el sueldo que que gano yo en los cuatro días por quincena. Mi sueldo es de: 74,447. El del compañero es de 99,000.00. Lepregunto porque me pagan esa cantidad si hice 13 días de las vacaciones del compañero. Me dijeron que me las pagan de acuerdo a mi salario. Que me aconsejan. Gracias
ResponderEliminarHola!! Os comento mi caso para ver si me podéis aconsejar.
ResponderEliminarResulta que en mi trabajo todos los años se ha cogido las vacaciones un mes, pero este año han decidido dividir 15 días en verano y 15 en invierno.
Soy la segunda más antigua de la empresa y los 15 de verano me los han concedido, pero los 15 de invierno como la primera más antigua también ha elegido esa quincena me han dejado la última y me dan lo que ha quedado.
Conclusión, que he ido a hablar con la jefa y he dicho que quiero otra quincena y me han dicho que no se lo van a quitar a otra que lleva menos tiempo por darmelo a mí. Creo que eso no es así y si lo denunciará llevaría la razón?
Muchas gracias.
Con el tema de Pedro Sánchez que nos dan demomento 8 días de permiso de retribucion recuperables
ResponderEliminarLas empresas pueden quitarte esos días de las vacaciones de verano???
En el apartado “¿Puede la empresa obligarte a cobrar las vacaciones en vez de disfrutarlas?” me pican esas dos excepciones. ¿No van las dos contra la normativa europea?
ResponderEliminar“Que hubiera finalizado la relación laboral por cualquier razón.” Cualquier razón excepto fin de contrato de duración determinada, ¿no? ¿Contrato de 3 meses? Tus 7,5 días de vacaciones (o más por convenio) DISFRUTADAS no te los debería quitar nadie. ¿Contrato de 6 meses? 15 días de vacaciones (o más por convenio) DISFRUTADAS. Etc. Con los contratos por obra o servicio ya no lo veo tan claro...
“Que tengas un contrato por ETT de hasta un año de duración.” Prorratear el pago de las vacaciones (en cualquier contrato, por ETT o no) va en contra de normativa europea: STJUE 16/3/06, casos acumulados C-131/04 y C-257/04.
Hola, buenas noches... o lo que sean:
ResponderEliminarLa Empresa me concedió vacaciones del 1 al 18 de mayo.
El Gobierno no me deja salir de casa, hasta el 9 de mayo (de momento).
¿Esos días de vacaciones imposibles de disfrutar se cuentan como de vacaciones (por analogía con los de baja médica en vacaciones)?
Gracias.
Si tu empresa te concede/pide/obliga a coger vacaciones en mayo y tu tu aceptas, a todos los efectos son vacaciones.
EliminarOtra cosa es que las disfrutes más o menos, pero disfrutadas están.
Si no estás de acuerdo con esas vacaciones, solo tienes que releer el artículo para saber lo que tienes que hacer(y que nadie va a hacer por ti)
Buenos días , salgo de vacaciones el 1 de junio y quieren que trabaje el 31 de mayo , esto es legal ?
ResponderEliminarBuenos días, en mi empresa han impuesto una reducción de jornada por la que ahora solo trabajamos 2 días una semana y a la siguiente 3 días. Pedí vacaciones antes de saber de esta reducción de jornada y ahora me obligan a cogerlas pero sigo trabajando los mismos días, es decir en mi semana de dos días de trabajo los sigo trabajando y me cuentan los otros 3 como vacaciones cuando en realidad me tocaría descansar. Es esto legal?
ResponderEliminarHola. Tengo una pregunta en relación a las vacaciones. Me incorporaré en breve al trabajo tras una larga baja laboral. Al no haber avisado con dos meses de antelación (porque no sabía si me iba a recuperar), podría solicitar ahora las vacaciones de verano? Me podrían imponer otra fecha? Graciaqs
ResponderEliminarHola, a mi. Mujer la an sacado del ERTE y el mes de vacaciones de agosto le an comunicado tres días antes que lo tiene que trabajar, y ya teníamos las vacaciones programadas y pagadas. Que se puede hacer en estos casos? Gracias
ResponderEliminarBuenos días me. Podrías ayudar, en la empresa donde estoy pues me dicen que no hay faena que tengo que pillar día de fiesta pero ya no me quedan vacaciones lo cual dicen que me lo descontarán de la nómina, esto normal no lo veo
ResponderEliminarLa empresa ha señalado las fechas de vacaciones en contra de mi voluntad y sin respetar los dos meses de antelación alegando el cese laboral. ¿Debo ir a trabajar o no en esas fechas? Teniendo en cuenta que de ir a juicio la sentencia saldría después de las fechas señaladas por la empresa
ResponderEliminarTe puede el ayuntamiento quitar 15 dia de tus vacaciones x decir q no fuimos a trabajar mientras mos confinaron
ResponderEliminarMi caso es el siguiente, solicito mis vacaciones y me las autorizan formándome un papel con el día que las empiezo y cuando se acaban.
ResponderEliminarResulta que una compañera se ha hecho la baja y me comunican que las tengo k retrasar pq está empleada se ha hecho la baja.
La situación se hace más compleja cuando nos comunican que enn14 días que es el periodo de vacaciones que yo había solicitado cerramos por ertpueden obligarme o quitarle las vacaciones en las fechas que he solicitado?
O estoy en mi derecho de disfrutarlas.
Gracias
En la mia pasa apsolutamente igual,nadie dice nada... y solo las cogemos en fiestas de nuestro pueblo,no tienes derecho a elegir fecha
ResponderEliminarHola, el 10 de octubre le dije a mi jefa que como este año no pude cojer vacaciones en verano cuando mis hijos estaban de vacaciones cojia el mes de diciembre entero. Ese mismo día me respondió que la empresa escojia 15 días de mis vacaciones y que las tenía a partir del 15 de noviembre y la dije que vale, de mala gana ,que entonces el resto las cojia a partir del 24 de diciembre para poder disfrutarlas con mis hijos y hoy me ha dicho que no podía cojerlas en diciembre que en hostelería no se puede cojer en diciembre ni varios meses de verano eso es cierto ?
ResponderEliminarA mi me pasa que mis vacaciones pendientes por una baja me las compensarán reduciendome la jornada laboral o sea si trabajo 7 horas pues solo haré 6
ResponderEliminarBuenos días. Tengo las vacaciones de agosto del 2020 sin disfrutar por que he estado de baja asta el día 18 de enero . Y la empresa me dice que disfrute desde ese día todas las vacaciones. Es legal? Tengo derecho a reclamar? Gracias
ResponderEliminarLaboro, hace tiempo que no te escriben, espero que sigas con el blog. Pregunta: trabajo en la administración y solicité vacaciones 22 días hábiles.
ResponderEliminarA punto de incorporarme, me informan que debo entrar 1 día antes porque 31 diciembre no es festivo sino permiso retribuído y por lo tanto se cuenta como hábil, qué hay de cierto en esto?
Gracias por socorrernos ;)
Un supuesto, estás de baja 8 meses, 6 en un año y 2 en el otro, vuelves de baja, quieres disfrutar de tus vacaciones perdidas en varios periodos, puedes?
ResponderEliminarTienes toda. La razón en el sector en el que trabajó yo después de una baja todo Dios se incorpora al trabajo regalándole las vacaciones al jefe y encima los putean por chopapollas manaderos
ResponderEliminarHola buenas . Antes de nada decir que me encanta el blog.
ResponderEliminarMi empresa es un hotel que abre al público durante 8 meses, la mayoría somos fijos discontinuos, no disfrutamos las vacaciones y suelen pagarlas al final, digamos el 7 de nov. Pregunta. Al pagar el finiquito de 17 días de vacaciones en estas que conceptos deben de incluir, solo sueldo base?, por ejemplo , pp de pagas extar de esos días?, por otro lado nos llega un mensaje de la TGSS al siguiente día de acabar el trabajo, porque la TGSS no manda ese mensaje una vez terminada las vacaciones. No cotizan ? Muchísimas gracias y felicitaciones.
Ola, bo día. Gracias por vuestro trabajo, espectacular. En algunos convenios aparece que hay un mes de vacaciones pero aunque sean en julio o agosto lo que dan son 30 días y no 31 amparándose en que el ET dice que lo mínimo son 30 días. Lo de "mínimo" creo que no lo pillan muy bien. Estoy equivocado?
ResponderEliminar👏👏👏👏
ResponderEliminarTío Peter, tenemos el mismo jefe y no nos conocemos?😂😂 Has descrito el día a día de mi trabajo y del energúmeno de mi jefe, yo soy el primer grano en el culo que le ha salido pero él, aún no lo sabe😏
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